Escrituras Públicas
EL HORARIO PARA SOLICITAR LA CITA ONLINE ES DE LUNES A VIERNES DE 9:00AM HASTA LAS 4:00PM, LAS CITAS SOLICITADAS DESPUES DE ESE HORARIO NO SERAN ACEPTADAS.
Se recuerda que la jurisdicción del Consulado General del Perú en Washington D.C., comprende a los Estados de Maryland, Virginia, Delaware, Kentucky, West Virginia y el Distrito de Columbia, si el estado donde usted vive actualmente no se encuentra dentro de nuestra jurisdicción entonces tendrá que buscar el Consulado que le corresponda.
AVISO IMPORTANTE
"Las personas que vivan en Carolina del Norte, Sur y otros estados y ciudades que le corresponde el Consulado de Atlanta y solicitan la cita en este Consulado entonces su solicitud sera rechazada, es importante que realice sus tramites en el Consulado que le corresponda de acuerdo al lugar donde usted vive, respete las jurisdicciones"
"Las personas que vivan en New Jersey, New York y otros estados y ciudades que le corresponde el Consulado de Paterson o New York solicitan la cita en este Consulado entonces su solicitud sera rechazada, es importante que realice sus tramites en el Consulado que le corresponda de acuerdo al lugar donde usted vive, respete las jurisdicciones"
Instrucciones de Escrituras Públicas
Documento Público Protocolar que se otorga cuando:
Se dispondrá de sumas de dinero superiores a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Se realizarán actos de disposición sobre bienes muebles e inmuebles (compra venta, alquiler, otorgarlos en garantía, operaciones bancarias de todo tipo, etc.).
Cuando la ley así lo disponga.
A diferencia de los poderes fuera de registro, los poderes elevados a escritura pública requieren ser inscritos en los registros públicos.
Por otra parte, si el trámite que desea realizar es relativo a poderes para trámites administrativos, cobros de pensión o para el FONAVI, se recomienda verificar la información sobre poderes fuera de registro en la página Web del Consulado (www.consulado.pe/es/Washington) en la opción “tramites notariales → poderes fuera de registro”.
- Ver: Modelo de Minutas
Requisitos Específicos
Para Bienes Inmuebles
En caso que el poder a otorgar se refiera a la venta, alquiler, cesión o donación de bienes inmuebles, el interesado debe remitir adicionalmente escaneada la copia literal completa de la partida registral del inmueble materia del acto jurídico a realizarse, emitida por la SUNARP a la fecha, donde consten registrados sus derechos como propietario.
Para Bienes Muebles
En caso que el poder a otorgar se refiera a la venta, alquiler, cesión o donación de un vehículo, el interesado debe remitir adicionalmente escaneada la copia literal completa de la partida registral emitida por la SUNARP a la fecha donde consten registrados sus derechos sobre el vehículo.
Para disposición de dinero en entidades bancarias
En caso que el poder a otorgar se refiera a la disposición de dinero en una entidad bancaria, el interesado debe remitir adicionalmente el nombre del banco, así como el número, tipo y la moneda (soles o dólares) de la cuenta que obre a nombre del interesado.
Para ampliación o revocación de poderes
En caso que el poder a otorgar se refiera a la ampliación o revocatoria de facultades otorgadas previamente por escritura pública, el interesado debe remitir adicionalmente la vigencia del poder a ampliarse o revocarse emitida por la SUNARP a la fecha.
En caso de poderes otorgados por empresas
En caso de poderes otorgados por empresas, el otorgante deberá remitir la siguiente documentación:
- Minuta del poder a delegarse como un archivo en Word editable.
- Remitirá escaneados en caso el representante legal de la empresa sea extranjero, su pasaporte y ID vigentes, señalar estado civil, si es fluido en el castellano, lo lee escribe, caso contrario requerirá de un traductor el mismo que no requiere ser un profesional, remitirá de no ser peruano el traductor escaneado su pasaporte y ID vigentes a la fecha.
- Acta apostillada firmada por funcionario competente de la empresa según sus estatutos, autorizando la delegación del poder.
- Good Standing.
- By Laws.
Información Relevante
La fecha, hora de su cita, así como el costo le serán comunicados vía correo electrónico, dentro de los 5 días hábiles de recibida su solicitud, luego de que el interesado haya enviado la minuta y documentos correspondientes vía correo electrónico
Se recomienda consultar con un abogado a fin de que asesore al interesado en la elaboración de la correspondiente minuta. No obstante, pueden encontrarse ciertos modelos de minutas en el siguiente enlace: “Modelos de minuta” teniendo en cuenta que los mismos son modelos generales no específicos para determinados actos jurídicos.
Para los casos relacionados con las AFP, se debe tener en cuenta que dichas entidades trabajan con sus propios modelos, debiendo solicitar el mismo ante la AFP donde realizará el trámite y remitir en Word editable.
Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo.
Renuncia a la Nacionalidad
- Requisito 1: La renuncia a la nacionalidad peruana sólo es viable a partir de los 18 años de edad.
- Requisito 2: Se requiere que el ciudadano se presente al Consulado portando su pasaporte peruano y el DNI.
- Requisito 3: El trámite requiere previa cita.
- Requisito 4: Realizar el pago de US$ 108.00 dólares