Poder por Escritura Pública

EL HORARIO PARA SOLICITAR LA CITA ONLINE ES DE LUNES A VIERNES DE 9:00AM HASTA LAS 4:00PM.

AVISO IMPORTANTE

Todo pago es en Efectivo "Exacto" o Tarjeta (solo se acepta VISA o MASTERCARD).

El pago con tarjeta no se realizará el último día laborable de cada mes.

Se recuerda que la jurisdicción del Consulado General del Perú en Washington D.C., comprende a los Estados de Maryland, Virginia, Delaware, Kentucky, West Virginia y el Distrito de Columbia.

“Es importante que revise bien el proyecto que se remitirá a su correo y la escritura al momento de su cita y antes de firmarla, pues no hay lugar a modificaciones posteriores”

 

Instrucciones de Escrituras Públicas

Documento Público Protocolar que se otorga cuando:

Se dispondrá de sumas de dinero superiores a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Se realizarán actos de disposición sobre bienes muebles e inmuebles (compra venta, alquiler, otorgarlos en garantía, operaciones bancarias de todo tipo, etc.).

Cuando la ley así lo disponga.

A diferencia de los poderes fuera de registro, los poderes elevados a escritura pública requieren ser inscritos en los registros públicos.

Por otra parte, si el trámite que desea realizar es relativo a poderes para trámites administrativos, cobros de pensión o para el FONAVI, se recomienda verificar la información sobre poderes fuera de registro en la página Web del Consulado (www.consulado.pe/es/Washington) en la opción “tramites notariales → poderes fuera de registro”.

Requisitos Específicos:

Para Bienes Inmuebles

En caso que el poder a otorgar se refiera a la venta, alquiler, cesión o donación de bienes inmuebles, el interesado debe remitir adicionalmente escaneada la copia literal completa de la partida registral del inmueble materia del acto jurídico a realizarse, emitida por la SUNARP a la fecha, donde consten registrados sus derechos como propietario.

Para Bienes Muebles

En caso que el poder a otorgar se refiera a la venta, alquiler, cesión o donación de un vehículo, el interesado debe remitir adicionalmente escaneada la copia literal completa de la partida registral emitida por la SUNARP a la fecha donde consten registrados sus derechos sobre el vehículo.

Para disposición de dinero en entidades bancarias

En caso que el poder a otorgar se refiera a la disposición de dinero en una entidad bancaria, el interesado debe remitir adicionalmente el nombre del banco, así como el número, tipo y la moneda (soles o dólares) de la cuenta que obre a nombre del interesado.

Para ampliación o revocación de poderes

En caso que el poder a otorgar se refiera a la ampliación o revocatoria de facultades otorgadas previamente por escritura pública, el interesado debe remitir adicionalmente la vigencia del poder a ampliarse o revocarse emitida por la SUNARP a la fecha.

En caso de poderes otorgados por empresas

En caso de poderes otorgados por empresas, el otorgante deberá remitir la siguiente documentación:

  1. Minuta del poder a delegarse como un archivo en Word editable. No se aceptaran documentos en formato FOTO y PDF.
  2. Remitirá escaneados en caso el representante legal de la empresa sea extranjero, su pasaporte y ID vigentes, señalar estado civil, si es fluido en el castellano, lo lee escribe, caso contrario requerirá de un traductor el mismo que no requiere ser un profesional, remitirá de no ser peruano el traductor escaneado su pasaporte y ID vigentes a la fecha. 
  3. Acta apostillada firmada por funcionario competente de la empresa según sus estatutos, autorizando la delegación del poder.
  4. Good Standing. 
  5. By Laws.

Información Relevante

La fecha, hora de su cita, así como el costo le serán comunicados vía correo electrónico, dentro de los 5 días hábiles de recibida su solicitud, luego de que el interesado haya enviado la minuta y documentos correspondientes vía correo electrónico

Se recomienda consultar con un abogado a fin de que asesore al interesado en la elaboración de la correspondiente minuta. No obstante, pueden encontrarse ciertos modelos de minutas en el siguiente enlace: “Modelos de minuta” teniendo en cuenta que los mismos son modelos generales no específicos para determinados actos jurídicos.

Para los casos relacionados con las AFP, se debe tener en cuenta que dichas entidades trabajan con sus propios modelos, debiendo solicitar el mismo ante la AFP donde realizará el trámite y remitir en Word editable. 

Adultos Mayores: Si se trata de personas mayores de 75 años, deberán adjuntar un certificado médico de pleno uso de sus facultades mentales.


Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo​​​​.

Renuncia a la Nacionalidad

  • Requisito 1: La renuncia a la nacionalidad peruana sólo es viable a partir de los 18 años de edad.
  • Requisito 2: Se requiere que el ciudadano se presente al Consulado portando su pasaporte peruano y el DNI.
  • Requisito 3: El trámite requiere previa cita.
  • Requisito 4: Realizar el pago de US$ 108.00 dólares

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