Pasaporte Mayor de Edad
Este Documento solo será otorgado a “Ciudadanos Peruanos”
Estimado connacional a continuación encontrara información relevante sobre el Pasaporte y los requisitos que tiene que cumplir obligatoriamente.
De acuerdo a ley, a partir del 7 de julio de 2016, el Consulado General del Perú en Washington DC sólo puede tramitar el nuevo Pasaporte Biométrico.
"Recuerde que no existe el trámite de renovación de Pasaporte, duplicado de Pasaporte, copia de Pasaporte y Pasaporte de emergencia, todo Pasaporte que se tramita es nuevo".
Nota importante: “Toda persona que tenga 18 años a mas es considerada como adulto y esta OBLIGADO/A en tener el DNI de color azul, si la persona mayor de edad que intenta solicitar la cita sin tener un DNI de adulto entonces no podrá realizar el tramite de Pasaporte, cumpla con este requerimiento obligatorio”
Requisitos
- Requisito 1: Es obligatorio la presencia del titular que realizara el tramite en el Consulado.
- Requisito 2: Es obligatorio llevar el DNI de adulto vigente o caduco, si en caso no tiene el DNI de adulto físico brindar el número de su DNI de adulto o nombre completo al funcionario consular que lo atenderá el día de su cita.
- Requisito 3: Realizar el pago en efectivo y exacto $70 o con tarjeta $71.42.
- Se recuerda que la jurisdicción del Consulado General del Perú en Washington D.C., comprende a los Estados de Maryland, Virginia, Delaware, Kentucky, West Virginia y el Distrito de Columbia, si el estado donde usted vive actualmente no se encuentra dentro de nuestra jurisdicción entonces tendrá que buscar el Consulado que le corresponda.
No necesita adjuntar ningun documento cuando solicite la cita.
Mayores de edad con incapacidad legal
Adicionalmente a los requisitos antes señalados, el nacional mayor de edad con incapacidad declarada por una autoridad peruana o extranjera, deberá presentarse acompañado de su representante legal, quien a su vez deberá:
- Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) de adulto en buen estado, último emitido, si es peruano, o documento que oficialmente lo identifique en los Estados Unidos, si es extranjero.
- Presentar copia del documento mediante el cual se le nombre representante legal del solicitante.
- En caso de haber obtenido la declaración de representante por autoridad peruana, se admitirá copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP. Para el caso de lo establecido en la Ley General de la Persona con Discapacidad, deberá presentarse el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad. El mismo que es otorgado por todos los hospitales de los Ministerios de Salud, de Defensa y del Interior, así como el Seguro Social de Salud (ESSALUD).
- En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la jurisdicción en el Estado donde se haya dictaminado la representación legal del titular incapaz.
Información Relevante
- No se requiere fotografía ya que la misma será tomada en el Consulado, no se aceptaran fotos físicas.
- El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
- El pasaporte podria llegar a partir de los 4 meses a mas, no existiendo manera de acelerar dicho proceso, toda vez que los pasaportes son elaborados en Lima - Perú, el tiempo de espera podría variar dependiendo de los cambios que puedan ocurrir en la entidad que se encarga de imprimir y enviar los pasaportes.
- Para saber si el documento ya se encuentra en el Consulado, revise la sección “Ver el Estado del Trámite de Pasaporte y DNI” de nuestra página web.
- Cuando el ciudadano peruano tiene 17 años o más es obligatorio que tenga el DNI (de color azul/mayor de edad) para poder tramitar su pasaporte. En caso contrario no podrá realizar el trámite debiendo primero obtener el DNI de color azul/mayor de edad para luego recién poder tramitar su Pasaporte.
- Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo.